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martes, 13 de noviembre de 2012

Cómo calcular el dinero que no cobrarás si vas a la huelga general del 14N


1 Si ejerces tu derecho a huelga no cobrarás ese día.

Si participas en la huelga general del 14 de noviembre no cobrarás esa jornada laboral. Esta forma de protesta es un derecho de todos los españoles que viene regulado en el Real Decreto – ley 17/1997. Si quieres participar en una huelga, tu empresa no puede impedírtelo. Ahora bien, esta misma norma establece que una compañía no tiene que pagar a sus empleados el sueldo que corresponda al día en el que ejercen este derecho.


2 Divide tu nómina entre 30.

Para saber cuánto dinero dejarás de cobrar si participas en la huelga tienes que calcular tu sueldo diario. Si cobras 12 pagas a lo largo del año divide tu nómina entre los 30 días que tiene un mes laboral. El resultado de esta operación es el dinero que ganas todos los días, y esa será lo que tu empresa no te abonará.

Un ejemplo. Supón que cobras 1.200 euros al mes, tu sueldo diario sería de 40 euros (1.200 entre 30 es igual a 40). Esa sería la cantidad de dinero que dejarías de ingresar si participas en la huelga general del 29 de marzo. Es decir, este mes cobrarías 1160 euros.

3 El cálculo se complica si cobras alguna paga extra.

Si cobras alguna paga extra a lo largo del año tienes que hacer más cuentas. En estos casos tu empresa no te pagará el día de la huelga (el cálculo que tienes que hacer es el mismo que en el anterior paso), pero también te restará una parte proporcional de cada paga extra.

"Lo que hay hacer es dividir cada nómina extra entre 12 mensualidades y después dividir el resultado de esa operación entre 30 días", explica Carmen, de LaGestoria.com. "La cifra resultante es la que tu empresa te resta de tu paga extra".

Si ganas 1.200 euros al mes, dejarás de cobrar 40 euros si participas en la huelga general del 29 de marzo. Pero si además cobras tres pagas extra de 400 euros cada una tendrás que restar un euro a cada una de estas nóminas (400 entre 12 es igual a 33,3; 33.3 entre 30 es igual a 1,1).

4 También perderás un día de cotizaciones.

Si participas en la huelga general del 14 de noviembre no cobrarás esa jornada laboral, pero también perderás un día de cotizaciones a la Seguridad Social. Estas cuotas de dinero se sustraen de forma automática de tu sueldo y se destinan a tu subsidio por desempleo, a tu fondo de jubilación y a otras contingencias.

Puedes consultar el estado de tus cotizaciones en tu informe de vida laboral. Puedes consultar este documento acudiendo en persona a una oficina de la Seguridad Social o solicitándolo por teléfono o a través de Internet. 

5 El dinero que dejas de cobrar queda reflejado en tu nómina.

No estás obligado a comunicar a tu empresa que vas a participar en la huelga general del 14N. Si no acudes a tu puesto de trabajo ese día la compañía dará por hecho que has ejercido tu derecho y no te pagará la jornada laboral.

Esta sustracción quedará reflejada en tu nómina, en donde podrás ver el dinero que has ganado y el que has dejado de cobrar. 

6 Si llegas tarde al trabajo, pide un justificante.

Si no vas a trabajar el 14 de noviembre tu empresa dará por hecho que has secundado la huelga general y no te pagará esa jornada laboral. Por esta razón, si no puedes llegar a tu puesto de trabajo corres el riesgo de que tu compañía piense que estás ejerciendo tu derecho y a perder, por lo tanto, el sueldo de un día.

En estas situaciones lo mejor que puedes hacer es pedir un justificante que de fe de que no pudiste llegar al trabajo por una causa de fuerza mayor. Este documento demostrará que la carretera estaba cortada por unos piquetes, o que la frecuencia de circulación del metro era inferior a la normal, etc.

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